30 de marzo
"Maruja no tenía edad.
De sus años de antes, nada contaba. De sus años de después, nada esperaba.No era linda, ni fea, ni más o menos
Caminaba arrastrando los pies, empuñando el plumero, o la escoba, o el cucharón.
Despierta, hundía la cabeza entre los hombros.
Dormida, hundía la cabeza entre las rodillas.
Cuando le hablaban, miraba al suelo, como quien cuenta hormigas.
Había trabajado en casas ajenas desde que tenía memoria.
Nunca había salido de la ciudad de Lima.
Mucho trajinó, de casa en casa, en ninguna se hallaba. Por fin, encontró un lugar donde fue tratada como si fuera persona.
A los pocos días se fue.
Se estaba encariñando"
de Eduardo Galeano
LA YAPA
nueva ley de servicio doméstico en Argentina.
La nueva ley del servicio doméstico sancionada por el Congreso de la
Nación hace menos de una semana, espera la firma de la presidenta
Cristina Fernández para su publicación en el Boletín Oficial.
A partir del momento en que se publique en el Boletín Oficial, los
empleadores tendrán un plazo de 180 días para poner bajo el nuevo
régimen a sus trabajadoras o a las personas que vayan a contratar.
Es un cambio radical en al legislación que está vigente desde 1956 y
que dejaba excluido al personal doméstico como al rural de la Ley de
Contrato de Trabajo; aún no están
bien definidas cuestions como si se equiparará la cuestión
salarial. Habrá un registro de empleadores y habrá que dar el alta el momento de tomar al personal, también se ampara al personal por hora. Actualmente se deben hacer
los aportes aunque trabaje menos de seis horas semanales mediante el formulario 102 de Afip y el empleador debe contratar una ART.
En el caso de la Asignación Universal Por
Hijo las trabajadoras no la pierden porque
sólo excluye de este beneficio a tres categorías que son las de los
salarios más altos